Trabajo de Tecnología
Por: Juán Camilo Meneses Uribe.
Grupo: 10°4.
Grupo: 10°4.
¿En qué consiste la Manipulación Genética?
La manipulación genética consiste en las técnicas dirigidas a modificar el caudal hereditario de alguna especie, con fines variables, desde la superación de enfermedades de origen genético (terapia genética) o con finalidad experimental (conseguir un individuo con características no existentes hasta ese momento).
Llegar a la posibilidad de realizar modificaciones en la composición hereditaria de una especie requiere una serie de pasos, de los cuales unos cuantos ya han sido dados.
El primero de ellos fue el descubrimiento del cromosoma humano, formado por ácido ácido que conforma los genes, los cuáles a su vez se “ubican” en los cromosomas.
Cada especie tiene un número específico de cromosomas, los humanos contamos con 23 pares, es decir, 46 cromosomas.
Hay que conocer el hecho de que la información genética es un conjunto de instrucciones que se transmiten en un único “idioma”: esto quiere decir que es universal, por lo que la diferencia entre un clavel, un rinoceronte y una persona humana es la cantidad de información que tiene su cromosoma.
El Proyecto Genoma Humano, expuesto intensamente en otro de los puntos de nuestro trabajo, ha conseguido recientemente desvelar toda la información que contiene el cromosoma humano, secuenciando la información que transmite cada gen. Este hecho crea grandes problemas en torno a la privacidad de esta información.
Si no contáramos con ninguna protección desde el punto de vista del derecho, la manipulación genética sería realizable por cualquier empresa privada que quisiera efectuarla, es decir, estaríamos indefensos ante los intereses (capitalistas, fundamentalmente) de terceros.
Aunque este aspecto nos interesa en beneficio de toda la humanidad, es relevante saber que España es uno de los países legalmente más avanzados en esto, prohibiéndose mediante la “Ley sobre técnicas de reproducción asistida”, de 1988, la clonación humana o la creación genética de razas humanas., materia también regulada por el nuevo Código Penal, en sus artículos 159 y 161. El artículo 159 castiga con penas de 2 a 6 años la alteración del genotipo con una finalidad meramente experimental, distinta de la terapia genética, así como el 161 castiga la fecundación de óvulos humanos con distinto fin de la procreación humana, siendo sancionada la clonación o procedimientos a favor de la selección de raza.
Por tanto, queda claramente probada la consideración del genoma humana como un bien jurídico protegido y protegible.
El problema está ahora en saber, teniendo en cuenta que nuestro Código Penal dice que “queda prohibida toda manipulación sobre el genoma excepto que sea para suprimir taras o enfermedades graves”, ¿qué es una tara o enfermedad grave?
Un análisis superficial e inmediato nos haría pensar rápidamente en la admisión de la manipulación sobre personas con el síndrome de Down, por ejemplo. Sin embargo, el problema es más profundo.
El problema está en discernir cuál es el límite, y quien lo fija.
Esta consideración entremezcla la manipulación genética con el dilema ético que suscita, más allá de su regulación jurídica: ¿qué pasa con una persona que es muy baja, ciega, etc...?
El bien jurídico a proteger es el patrimonio hereditario de la humanidad, y debemos ir más allá todavía, no centrarnos en la especie humana únicamente, sino en la protección de la diversidad genética, que permite sobrevivir a nuestro planeta. Está comprobado un hecho cierto: en poblados en los que se casaban entre primos, por estar aislados, sucesos que se daban en la Antigüedad, aumentaba el número de defectos genéticos. Por este motivo si la manipulación genética se hiciera masivamente o de forma incontrolada, afrontaríamos un nuevo peligro, que podría venir también en forma de plaga. El empobrecimiento genético sería un atentado contra la naturaleza.
En la vida social podría haber presión por conocer los datos genéticos obtenidos con el Proyecto Genoma una vez que estos sean interpretables. Pongamos varios ejemplos de este peligro:
- Las empresas: no contratarían a un obrero cuyos genes revelaran que concluiría pronto su vida útil.
- Las compañías aseguradoras: no asegurarían, o requerirían mucho dinero, para los que tuvieran propensión genética a las enfermedades o la muerte prematura.
- Las personas: podrían guiarse por la genética a la hora de escoger una pareja que encajara con ellos.
Relacionado con estos aspectos que estamos tratando, hay que hablar de la tan traída y llevada “clonación”. La clonación no es exactamente una forma de manipulación genética, puesto que no altera la estructura del genoma humano. Consiste en hacer una copia genética idéntica de otro ser. Existe un tipo de clonación natural: los gemelos. Pregunta típica: “¿garantiza esto que las dos personas serán luego exactamente iguales?” No, pero tendrán la misma información genética.
Los clones naturales se producen espontáneamente, porque el óvulo fecundado se puede separar (hasta que tiene 16 o 32 células). Por este motivo podemos tomar un óvulo fecundado de 4 células, separarlo a su vez en células, y cada una tiene toda la información completa para hacer el ser humano perfecto. Esto es factible realizarlo también por laboratorio: por ejemplo, en Argentina se hace, cuando hay un óvulo fecundado “in vitro”. Se le divide, para obtener por lo menos tres, y optimizar así las posibilidades de embarazo, puesto que tres es lo ideal para transferir al útero de la mujer, ya que si llega a prosperar el embarazo, trillizos es un número soportable, y lo más difícil en este proceso es la fecundación.
Aquí no hay objeción ética realizable, puesto que se está imitando a la naturaleza.
Ventajas: se
conocería la historia de la humanidad y se podrían curar todas las enfermedades
del hombre.
Desventajas:
igual a la bomba atómica, destrucción y pánico para aquellos que no tienen ESE
conocimiento.
¿qué implicaciones tendrá la
manipulación del genoma humano en la evolución?
Diferentes mutaciones, por
ejemplo al mezclar diferentes tipos y variedades con los ácidos nucleicos
adenina, citosina, guanina y timina; además los diferentes agentes patógenos
externos e internos hacen de esta variabilidad de caracteres que sea más propensa
a crear más tipos de formas humanoides.
¿Quién descifró el código del genoma humano?
Fue el esfuerzo conjunto de muchos investigadores, básicamente agrupados
en dos grandes organizaciones:
Por un lado CELERA GENÓMICAS, una empresa norteamericana privada, liderado por Craig Venter.
Por otro lado un consorcio internacional HUGO (Human Genomic Organization) liderado por Francis Collins(frances).El consorcio público se conforma con laboratorios de varios países como EEUU, Inglaterra, Francia, Japón y Alemania.
Ambos dan a la publicidad sus resultados en forma conjunta: El 26 de junio de 2000, junto a los presidentes de EEUU e Inglaterra oficialmente anuncian el primer borrador. y El 15 de febrero de 2001 en la revista Nature el consorcio público da el informe del borrador, dirigido por el NHGRI y el 16 de febrero en la revista Science, el borrador de Celera Genomics.
Por un lado CELERA GENÓMICAS, una empresa norteamericana privada, liderado por Craig Venter.
Por otro lado un consorcio internacional HUGO (Human Genomic Organization) liderado por Francis Collins(frances).El consorcio público se conforma con laboratorios de varios países como EEUU, Inglaterra, Francia, Japón y Alemania.
Ambos dan a la publicidad sus resultados en forma conjunta: El 26 de junio de 2000, junto a los presidentes de EEUU e Inglaterra oficialmente anuncian el primer borrador. y El 15 de febrero de 2001 en la revista Nature el consorcio público da el informe del borrador, dirigido por el NHGRI y el 16 de febrero en la revista Science, el borrador de Celera Genomics.
¿Tiene
alguna aplicación práctica en humanos?
Sí. Por ejemplo, hay bancos de células
germinales humanas para concepción in vitro. Las células depositadas o donadas
se preservan a baja temperatura durante muchos años y se pueden utilizar para
resolver problemas actuales o futuros de fertilidad humana.